(3) Garantía de Cesantía: La cláusula de término de promesa será sin multa en caso de término de relación laboral en virtud de causal N°6 del Artículo 159 (casos fortuitos o de fuerza mayor) y de causal del artículo N°161 (necesidades de la empresa) ambas del Código del Trabajo. Promociones 3 y 4 no acumulables.